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Requisitos de uniformidad para manuscritos
presentados a revistas biomédicas

"Normas Vancouver"

Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (1)

1 Los miembros del comité son: Linda Clever (Western Journal of Medicine), Lois Ann Colaianni (Index Medicus), Frank Davidoff (Annals of Internal Medicine), Richard Horton (Lancet), Jerome P. Kassirer y Marcia Angell (New England Journal of Medicine), George D. Lundberg y Richard Glass (Journal of the American Medical Association), Magne Nylenna (Tidsskrift for den Norske Lacgeforening), Ricahrd G. Robinson (New Zeland Medical Journal), Richard Smith (British Medical Journal), Bruce P. Squires (Canadian Medical Association Journal), y Martin Van Der Weyden (Medical Journal of Asutralia).

En 1978 un pequeño grupo de directores de revistas médicas generales, se reunieron informalmente en Vancouver (Columbia Británica) para establecer las pautas relativas al formato de los manuscritos enviados a sus revistas. Este grupo llegó a ser conocido como el Grupo de Vancouver. Sus requisitos de uniformidad para los manuscritos, incluidos los formatos para las referencias bibliográficas desarrollados por la Biblioteca Nacional de Medicina de los Estados Unidos, fueron publicados por vez primera en 1979.

El Grupo de Vancouver creció y evolucionó para convertirse en el Comité Internacional de Directores de Revistas Médicas (CIDRM), que se reúne anualmente y que, poco a poco, ha ido ampliando los temas estudiados. El comité ha elaborado cinco ediciones de los "Requisitos de Uniformidad para manuscritos presentados a Revistas Biomédicas". Con el tiempo, han ido surgiendo aspectos que van más allá de la elaboración de los manuscritos. En los "Requisitos de Uniformidad" se tratan ya algunos de estos aspectos; otros se tratan en informes específicos. Cada uno de estos informes se ha publicado en una revista de carácter científico.

La quinta edición (1997) es un esfuerzo para reorganizar y redactar de otra manera la cuarta edición, con objeto de aumentar la claridad y tratar los asuntos sobre derechos, intimidad, descripción de métodos y otras cuestiones. El contenido íntegro de los "Requisitos de Uniformidad para manuscritos presentados a Revistas Biomédicas" puede ser reproducido sin tener en cuenta los derechos de autor, con propósitos educativos sin ánimo de lucro; el comité anima a la distribución de este material.

A las revistas que están de acuerdo con el uso de los "Requisitos de Uniformidad" (lo hacen más de 500), se les pide que mencionen el documento de 1997 en sus instrucciones a los autores. Para cualquier duda o comentario pueden dirigirse a: Kathleen Case, Secretariado del CIDRM, Annals of Internal Medicine, American College of Physicians, Independence Mall W., Sixth St. at Race, Filadelfia, PA 19106 - 1572, Estados Unidos. (Teléfono: 215 - 351 - 2661; Fax: 215 - 351 - 2644; e-mail: kathy@acp.mhs.compuserve.com).

Las publicaciones representadas en el CIDRM en 1996 fueron las siguientes: Annals of Internal Medicine, British Medical Journal, Canadian Medical Association Journal, Journal of the American Medical Association, Lancet, Medical Journal of Australia, New England Journal of Medicine, New Zealand Medical Journal, Tidsskrift for den Norske Laegeforening, Western Journal of Medicine, e Index Medicus.

Es importante hacer hincapié en lo que estos requisitos implican y lo que no. En primer lugar, los " Requisitos de Uniformidad " son instrucciones para los autores sobre cómo elaborar los trabajos y no para los directores sobre el estilo de la publicación. (Aunque muchas revistas los han utilizado para ciertos aspectos de estilo en su publicación). En segundo lugar, si los autores elaboran sus trabajos de acuerdo con el estilo especificado en estos requisitos, los directores de las revistas participantes en este acuerdo se comprometen a no devolvérselos para que efectúen cambios en el estilo antes de tenerlos en cuenta para su publicación. Sin embargo, durante el proceso de publicación, las revistas podrían alterar los trabajos admitidos con objeto de adecuarlos a ciertos aspectos de su estilo de publicación. En tercer lugar, los autores que envíen trabajos a una revista que asume los requisitos de uniformidad no deberán tratar de elaborarlos de acuerdo con el estilo de publicación de esa revista, sino que deberán seguir los "Requisitos de Uniformidad".

Los autores deben también respetar las instrucciones de la revista dirigidas a ellos, como por ejemplo, qué temas son adecuados para esa revista y el tipo de artículos que pueden enviar: artículos originales, revisiones, o notas clínicas. Además, es bastante probable que las normas de la revista incluyan otros requisitos específicos de la misma, como el número de copias que se deben enviar, idiomas admitidos, extensión de los artículos y abreviaturas admitidas. Se espera que las revistas participantes declaren en sus normas para los autores que éstas siguen los "Requisitos de Uniformidad para manuscritos presentados a Revistas Biomédicas" y que citen una versión publicada de los mismos.

Puntos a tener en cuenta antes de remitir un manuscrito

Publicación Duplicada o Redundante

Consiste en la publicación de un artículo o trabajo que coincide en lo esencial con otro ya publicado. Los lectores de publicaciones periódicas originales se merecen el poder confiar plenamente en que lo que están leyendo es original, a menos que se especifique con claridad que el artículo se vuelve a publicar por voluntad del autor y del director. Los fundamentos para esta postura los encontramos en las leyes internacionales sobre derechos de autor, la ética profesional y el uso rentable de los recursos.

La mayoría de las revistas rechazan artículos sobre trabajos que ya han sido comentados extensamente en un artículo publicado o que forman parte de otro artículo que ya ha sido enviado o admitido para su publicación en cualquier otro medio, ya sea impreso o informático. Esta política no imposibilita a una revista tomar en consideración un trabajo que haya sido rechazado por otra, o el informe completo que sigue a la publicación de otro preliminar, como por ejemplo un resumen o póster presentado en una reunión científica.

Tampoco impide a las revistas el tomar en cuenta un trabajo que se haya presentado en una reunión científica pero que no ha sido publicado en su totalidad o del que se está estudiando la publicación en forma de resumen o algún formato similar. Los resúmenes de reuniones programadas no se considerarán como infracciones a esta regla, pero tales resúmenes no se ampliarán con datos o información adicional o copias de tablas y figuras.

El autor, siempre que envíe un trabajo, deberá elaborar una relación completa para el director, de todas las presentaciones e informes previos que deberían considerarse como publicaciones redundantes o duplicadas de ese trabajo o de alguno que sea muy parecido y poner en conocimiento del director si el trabajo incluye aspectos que hayan sido publicados previamente. Cualquier publicación de esta naturaleza se debería mencionar y se deberían dar las referencias en el nuevo trabajo e incluir copias del material publicado, para ayudar al director a decidir cómo va a tratar el asunto.

Si se intenta hacer una publicación redundante o duplicada o se lleva a cabo sin previa notificación, los autores deben contar con que en la dirección de la revista se tomen las medidas oportunas. Como mínimo, cabe esperar que el trabajo sea rechazado de inmediato. Si el director no fuera consciente de tales infracciones y el artículo ya se hubiera publicado, es bastante probable que se publique una advertencia de publicación redundante o duplicada con o sin el consentimiento del autor.

La publicación preliminar, normalmente por parte de los medios de comunicación social, de información científica contenida en un artículo que ha sido aceptado pero que aún no ha sido publicado, va en contra de la política de numerosas revistas. En contadas ocasiones y sólo mediante previo acuerdo con el director, puede aceptarse la publicación preliminar de datos, por ejemplo, en casos de emergencia para la salud pública.

Posibilidad de una Segunda Publicación

Una segunda publicación en el mismo idioma que la primera o en otro, especialmente si se realiza en otros países, está justificada y puede ser beneficiosa siempre y cuando cumpla las siguientes condiciones:

Los autores cuentan con el consentimiento de los directores de ambas revistas; el director a cargo de la segunda publicación debe tener una fotocopia, reimpresión o ejemplar de la primera publicación.

La prioridad de la primera publicación se respetará con un intervalo de al menos una semana entre ambas publicaciones (a menos que sea negociado de otra manera por parte de ambos directores).

El trabajo para la segunda publicación estará destinado a un grupo distinto de lectores; podría bastar con una versión abreviada.

La segunda versión reflejará fielmente la información e interpretaciones de la primera.
En la segunda versión mediante una nota a pie de página se informará , a los lectores, investigadores y centros de documentación, que el artículo ya ha sido publicado en parte o en su totalidad y se hará constar la referencia de la primera publicación. Para que sea adecuada la nota a pie de página debería decir lo siguiente: "Este artículo está basado en un estudio publicado por primera vez en la revista [título de la revista y referencia completa]".

El permiso para la segunda publicación debe ser gratuito.

Protección del derecho a la intimidad de las personas que participan en una investigación

Las personas tienen el derecho a su intimidad, el cual no deberá infringirse sin su consentimiento informado. Cualquier información que sirva para identificar a los sujetos que hayan participado en una investigación, no podrá publicarse en forma de descripciones, fotografías ni geneaología, a menos que la información sea esencial para los objetivos científicos y el paciente (o su familia o tutor) firme un consentimiento informado. El consentimiento informado para este propósito exige que se muestre el manuscrito a publicar al paciente.

Los detalles que sirvan para identificar a personas se omitirán si no son esenciales, pero la información sobre el paciente nunca se alterará o falsificará con objeto de procurar el anonimato. El anonimato absoluto es difícil de conseguir, por lo que se deberá obtener un consentimiento informado si existe alguna duda. Por ejemplo, tapar la zona de los ojos en las fotografías de los pacientes es una insuficiente para mantener el anonimato.

En las instrucciones de la revista dirigidas a los autores, se deberá incluir el requisito del consentimiento informado. En el artículo publicado deberá constar que existe el consentimiento informado.

 

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